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La República Dominicana es un país abierto al mundo. Nuestras bellezas naturales, historia, herencia cultural, las opciones de inversión y negocios, así como la calidez de nuestros ciudadanos, invitan a las personas de todos los países a visitarnos y disfrutar de una isla encantadora y llena de oportunidades.
La Ley No. 875, de fecha 31 de julio de 1978, sobre Visados dispone que los extranjeros que deseen ingresar a territorio dominicano deberán estar provistos de visados en sus documentos de viaje correspondientes, con excepción de los nacionales de países con los cuales la República Dominicana haya suscrito acuerdos sobre dispensa de visados con fines turísticos.
Tipos de Visas.-- VISA DE RESIDENCIA
- VISA DE NEGOCIO
- VISA DE ESTUDIANTE
- VISA DE TURISMO
- VISA DE DEPENDENCIA
- VISAS DIPLOMÁTICAS, OFICIALES Y DE CORTESÍA
La Constitución de la República Dominicana ofrece a todos los hijos de dominicanos nacidos en el exterior, la posibilidad de obtener la nacionalidad dominicana.
Las Oficinas Consulares asisten a cualquier ciudadano en el proceso de obtención de la nacionalidad dominicana a los hijos de dominicanos nacidos en el exterior.
Todos los hijos de dominicanos en el exterior tienen derecho a adquirir la nacionalidad dominicana.
Ofrecemos el servicio de traducciones de documentos del inglés al español y del español al inglés, tanto en documentos originados en la República Dominicana como en los Estados Unidos de América.
- Banreservas
- Banco Popular Dominicano
- Banco BHD
El trámite de legalización única -denominada apostilla- consiste en colocar sobre el propio documento público, o una prolongación del mismo, una Apostilla o anotación que certifique la autenticidad de la firma de los documentos públicos expedidos en un país firmante del Convenio y que deban surtir efectos en otro país firmante del mismo. Los países firmantes del Convenio de Apostilla reconocen por consiguiente la autenticidad de los documentos que se han expedido en otros países y llevan la Apostilla.
A través de la denominada Apostilla de la Haya un país firmante del XII Convenio de La Haya – del cual la República Dominicana forma parte – se suprime la exigencia de legalización de documentos públicos y se reconoce la validez jurídica de un documento público emitido en los países firmantes de dicho Convenio.
El pasaporte es el documento oficial expedido por la República Dominicana a sus ciudadanos con el fin principal de viajar al exterior y transportarse de un país a otro. La libreta de pasaporte de la República Dominicana es biométrica y se expide por seis (6) años.
El Departamento de Pasaporte sólo procesa expedientes completos. Documentos como Acta de Nacimiento, Cédula de Identidad y Electoral, Transcripciones, etc., son asuntos exclusivos de la Junta Central y Electoral.
La República Dominicana es un país abierto al mundo. Nuestras bellezas naturales, historia, herencia cultural, las opciones de inversión y negocios, así como la calidez de nuestros ciudadanos, invitan a las personas de todos los países a visitarnos y disfrutar de una isla encantadora y llena de oportunidades.
La Ley No. 875, de fecha 31 de julio de 1978, sobre Visados dispone que los extranjeros que deseen ingresar a territorio dominicano deberán estar provistos de visados en sus documentos de viaje correspondientes, con excepción de los nacionales de países con los cuales la República Dominicana haya suscrito acuerdos sobre dispensa de visados con fines turísticos.
Tipos de Visas.-- VISA DE RESIDENCIA
- VISA DE NEGOCIO
- VISA DE ESTUDIANTE
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La Constitución de la República Dominicana ofrece a todos los hijos de dominicanos nacidos en el exterior, la posibilidad de obtener la nacionalidad dominicana.
Las Oficinas Consulares asisten a cualquier ciudadano en el proceso de obtención de la nacionalidad dominicana a los hijos de dominicanos nacidos en el exterior.
Todos los hijos de dominicanos en el exterior tienen derecho a adquirir la nacionalidad dominicana.
Ofrecemos el servicio de traducciones de documentos del inglés al español y del español al inglés, tanto en documentos originados en la República Dominicana como en los Estados Unidos de América.
Como representantes de la República Dominicana en Nueva York, Estados Unidos de América, en el Consulado Dominicano actuamos como NOTARIO PÚBLICO y OFICIAL DEL ESTADO CIVIL.
En ese sentido, el Consulado está a disposición de la comunidad para la redacción de todo tipo de actos notariales, tales como poderes, contratos, testamentos, autorizaciones y declaraciones juradas; así como la autenticación de documentos, declaraciones de nacimientos de los hijos de dominicanos nacidos bajo nuestra jurisdicción y celebración de matrimonios entre ciudadanos dominicanos. En esta sección se mencionan los Actos Notariales (Poderes) más frecuentes.
Todos los ciudadanos tienen derecho a gestionar actos notariales en las oficinas consulares de la República Dominicana.
Se debe traer todos los documentos que se requieren de forma IMPRESA.
El trámite de legalización única -denominada apostilla- consiste en colocar sobre el propio documento público, o una prolongación del mismo, una Apostilla o anotación que certifique la autenticidad de la firma de los documentos públicos expedidos en un país firmante del Convenio y que deban surtir efectos en otro país firmante del mismo. Los países firmantes del Convenio de Apostilla reconocen por consiguiente la autenticidad de los documentos que se han expedido en otros países y llevan la Apostilla.
A través de la denominada Apostilla de la Haya un país firmante del XII Convenio de La Haya – del cual la República Dominicana forma parte – se suprime la exigencia de legalización de documentos públicos y se reconoce la validez jurídica de un documento público emitido en los países firmantes de dicho Convenio.
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